POLICIACA

VINCULADA A PROCESO POR FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS

Los datos de prueba presentados en audiencia inicial por el Agente del Ministerio Público resultaron suficientes para que el Juez de Control dictara el auto de vinculación a proceso en contra de Paola N N por su probable intervención en el hecho delictivo de Falsificación de Documentos.

De acuerdo con la investigación a cargo de la Unidad de Trámite Común, los hechos tuvieron lugar el día 29 de mayo del año 2020, cuando la probable responsable acudió al domicilio particular de dos personas y pretendió cobrarles un adeudo por medio de la presentación de dos documentos apócrifos con sello y leyenda de aviso judicial.

Para lograr su cometido, presentó ante las afectadas la documentación supuestamente expedida por el Poder Judicial del Estado, en la que se les requería el pago en un término de 24 horas, amagando bajo pena que, de no hacer el reintegro, serían detenidas por fraude y les embargarían bienes.

No obstante, el documento resultó ser apócrifo ya que la institución nunca lo elaboró, el número de expediente no existía y el sello no coincidía con el que se emplea para las notificaciones, por lo que las personas afectadas presentaron la denuncia correspondiente que activó las diligencias pertinentes por parte de la Autoridad Ministerial.

En audiencia inicial ante el Juez de Control y Juicio Oral Penal, los datos recabados durante las fases investigativas fueron presentados por la Fiscalía y posteriormente, se debatieron las medidas cautelares pertinentes.

Como resultado de la audiencia inicial, la Autoridad Jurisdiccional decretó el auto de vinculación a proceso en contra de Paola por su probable participación en el hecho que la ley señala como delito de Falsificación de Documentación; se impusieron las medidas cautelares de la presentación mensual ante la Unidad Estatal de Medidas Cautelares (UEMC), la exhibición de una garantía económica equivalente a 10 mil pesos, la prohibición de acercarse al lugar de los hechos y a las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no se afecte su derecho de defensa; además de establecer el plazo de dos meses para el cierre de investigación.